Foro / Archivo / Contra la Imposición del Canon Digital
domingo, 23 de diciembre del 2007 a las 10:41
Hellcome
http://www.punto-rojo.org/campanhas/
El pasado Jueves 20 de Diciembre de 2007 el Congreso de los Diputados votó a en contra de la eliminación del Canon Digital que pretende gravar todos los soportes digitales, indistintamente del uso que se haga de ellos. Canon cuya gestión cede el Gobierno a sociedades privadas, muchas de las cuales se basan en un funcionamiento interno decididamente antidemocrático y que, en ningún caso, garantizan que la recaudación revierta en inversión cultural, creación audiovisual y apoyo de los creadores emergentes que es el argumento que sustenta la base del Canon.
El Congreso decidirá si mantiene la figura del Canon Digital tal como aparece en la propuesta de reforma de Ley de Propiedad Intelectual o bien si opta por una fórmula que establece que en el plazo de un año a contar desde la aprobación de esta reforma se busca y aplica un mecanismo alternativo a la aplicación de dicho Canon.
Desde Punto Rojo manifestamos nuestro más profundo rechazo tanto al actual sistema de Canon para compensar los derechos de autor y su imposición sobre la copia privada, como a esta propuesta de actualización del mismo al entender que se atiende la reclamación de una parte (editores, autores, entidades de gestión) perjudicando al conjunto de la ciudadanía ya que la aplicación de este Canon establece un impuesto indirecto encubierto absolutamente injusto que grava todos los soportes digitales existentes, indistintamente del uso que se haga de ellos y la copia privada a la que todo usuario tiene derecho.
Todos los soportes, equipos y redes de telecomunicaciones, sirven tanto para los contenidos que tienen derechos (copyright) como para los que están libres de ellos (dominio público, copyleft, creative commons, etc.) y por tanto, si se grava de forma indiscriminada, se penaliza (en beneficio de unos pocos) a todos los usuarios. Además se trata de una múltiple imposición, ya que se pagan los derechos al comprar o adquirir el contenido, y se vuelve a pagar por el hecho de almacenarlo en un dispositivo, o de moverlo a través de una red de telecomunicaciones. El canon, como también se ha demostrado con el Canon Analógico utilizado en los CDs y DVDs, no erradica, en ningún caso, la piratería o el ‘top manta’, y en algunos casos, incluso la incentiva, al incrementar el coste de los soportes, y propiciar que la compra de CDs, como otros servicios de Internet, sean deslocalizados a otros países que no tienen estos gravámenes.
Por todo ello nos sumamos a la reclamación de Todoscontraelcanon.es y, como ellos, solicitamos:
1º Que se de a conocer este escrito a todos los estamentos que pueden influir en la legislación relativa a los derechos de Propiedad Intelectual (LPI) para que las reflexiones que en él se incluyen, sean tenidas en cuenta en los debates que con motivo de la tramitación de la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual se estan produciendo tanto en España como en el resto de Europa.
2º Que se impida el pago de un canon indiscriminado en todos los equipos y soportes informáticos y de telecomunicaciones.
3º Que la recaudación del canon como compensación del perjuicio que sufren los autores cada vez que se copia su obra se realice exclusivamente por aquellos que adquieren este derecho, gravándolo únicamente la venta al público de sus obras. De esta forma paga el canon quien adquiere el derecho y lo percibe directamente el autor o el propietario del la obra que se comercializa.
4º Que en cualquier caso si se regula la imposición de cualquier canon y en aras de una mayor transparencia y garantía tanto hacia el consumidor final como hacia los destinatarios de la recaudación, los firmantes de este escrito solicitamos:
4.1 Participar activamente en la fijación de las cuantías y soportes sujetos a canon.
4.2 Que se limite por la cuantía máxima del canon en proporción al precio de coste del producto que vaya gravado con dicho canon.
4.3 Que se recoja la obligación de informar al consumidor en relación a lo que paga por ese concepto de derechos de autor y quien cobra dicho canon.
4.4 Que se prohíba la doble, triple o más imposiciones que se producen por efecto del canon al pagarse en varios dispositivos y soportes que intervienen en la realización de una sola copia.
4.5 Que se elimine la incompatibilidad entre las medidas restrictivas para la realización de copias privadas con la remuneración del canon a dichos soportes.
4.6 Que se exima de su pago a todos aquellas organizaciones Administrativas, Asociaciones, ONGs y colectivos así como empresarios y autónomos que no hacen uso de los soportes y equipos para almacenar contenidos con derechos de autor.
4.7 Que la recaudación de ese Canon se realice y distribuya por la propia Administración para:
4.7.1 Garantizar la transparencia, el cobro y el posterior reparto a sus destinatarios
4.7.2 Garantizar las labores de inspección de libros y contabilidad que actualmente tienen facultadas las Sociedades de Gestión de Derechos de Autor a los sujetos obligados de repercutir dichos cánones.
4.8.- Que se habiliten organismos de arbitraje que permitan resolver las controversias que se planteen en relación con el cobro/pago de este canon sin necesidad de recurrir a la Justicia Ordinaria y que se obligue a someterse a los mismos a las entidades responsables de su cobro.
Comentarios
Todavía no se ha publicado ningún comentario en español...
Publica un comentario: