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Blog / conexidad procesal por Edgar Romero
lunes, 23 de abril del 2007 a las 17:00
Tabla de Contenido
1…………………………….…..…objetiv- os
2……………………………...... Sobre la Conexidad
2.1………………………….…… Conexidad Sustancial.
2.2………………..…………....Conexidad procesal
3……………………………………Conclus- iones
introduccion
En el derecho procesal es fundamental la búsqueda de pruebas para resolver los casos pertinentes, no solo en materia penal sino en todos los campos del derecho en que La disciplina Procesal pueda colaborar, teniendo encuentra esto a continuación se dará al lector del presente trabajo noción que se considera pertinente y puntual en materia de Derecho Procesal Penal Mas exactamente en el especifico tema de la conexidad, tan importante para el desarrollo del derecho procesal y de vital interés para todo estudiante de quinto semestre de derecho de la universidad cooperativa o de quien toma la materia de procesal penal I
Justificación
La importancia de este trabajo radica en lo pertinente que es el tema de conexidad en el área de Procesal Penal I , se requiere investigación en los temas relevantes para que los conceptos queden claros y así promover el desarrollo de los principales objetivos universitarios de Generar semillero de Juristas con ideas oportunas y mentes doctas dotadas de la sapiencia necesaria para guiar la actual sociedad Colombiana.
El tema de la conexidad Procesal es Básicamente Fundamental para el estudiante del Área de Procesal Penal I para comprender a fondo de que manera se resuelven hechos causales en ámbitos sustanciales y procesales de los diferentes casos que la conducta humana nos ofrece.
1.Objetivos
General
Plasmar la importancia de la conexidad en materia de Derecho Procesal Penal
Específicos
• Definir la aplicación de la conexidad y su relación con el proceso causal
• Diferenciar los diferentes tipos de conexidad que se pueden presentar en materia de Derecho Procesal Penal .
• Aclarar la importancia de la conexidad en materia de economía Procesal
2. Sobre la Conexidad
A la forma de ver mía el termino de conexidad se utiliza para denotar enlace o relación este enlace debe ser lógico por lo que debe a tender a principios cronológicos y elocuentes, tal como sucede con la causalidad depende de la relación entre dos supuestos solo que cuando se habla de nexo causal, esta expresión solo se utiliza para identificar hechos y su relación consecuente, y en materia de conexidad se usa para identificar la relación consecuente entre factores o elementos de vía procesal y sustancial específicamente.
Otra definición que no me pertenece es que la conexidad es un Vinculo que relaciona entre si varias faltas y justifica un procedimiento único.
En el Código Disciplinario aparece sobre la conexidad en su artículo 60 lo siguiente:
“Art. 60.-... Cuando un servidor público cometa varias faltas disciplinarias conexas
se investigarán y fallarán en un sólo proceso
Cabe aclarar que esta premisa se extiende también a los ciudadanos que no pertenecen a la función pública por lo tanto acudiendo al principio de la economía procesal cuando distintos hechos desplegados por el sujeto agente tienen conexidad también deben ser fallados en un solo proceso.
Es claro pues que la posibilidad de adelantar un proceso único está supeditada a la existencia de la conexidad y, para efectos de concretar este aspecto debe tenerse presente lo que en torno a ello ha considerado la doctrina, según los comentarios que respecto de este artículo hace la doctora JEANNETTE NAVAS DE RICO, en el libro “Código Único Disciplinario- Concordado”, publicado por el Instituto de Estudios del Ministerio Público, en el que indica que la conexidad se ha clasificado en sustancial y procesal y, anota:
2.1 Conexidad Sustancial.
Para que ésta se presente se requiere pluralidad de faltas disciplinarias y un hilo
Conductor determinante entre ellas. La pluralidad de faltas puede ser cometida por
el mismo servidor público , o por diversos servidores públicos, siempre que las
varias faltas estén unidas por una misma cadena finalística o por varias cadenas
que convergen posteriormente”.
A su vez, clasifica la conexidad sustancial en: teleológica (cuando se comete la
falta con el fin de cometer otra), consecuencial (se comete una falta como
consecuencia de otra) y, cronológica ( cuando de una misma acción resultan
varias faltas).
2.2 conexidad procesal
En cuanto a la conexidad procesal, señala:
“Según la doctrina ésta no requiere la existencia de vínculos determinantes, sino que el vínculo surge por razones de conveniencia o economía procesal y no acarrea la nulidad del proceso, si no se tramita por una cuerda procesal.
Entre las diversas modalidades determinadas por la doctrina se pueden enunciar:
• Comunidad de medio probatorio: Cuando una misma prueba permite demostrar varias irregularidades, se podrán tramitar las diferentes faltas conjuntamente.
• Unidad de sujeto: Tratándose de hechos cometidos por una misma persona, así entre los mismos no exista conexidad sustancial podrán tramitarse los hechos por una misma cuerda procesal, porque en este caso el nexo o vínculo lo determina el sujeto disciplinable.
• Unidad de denuncia: este tipo de conexidad permite tramitar conjuntamente todos los hechos denunciados dentro del texto de la queja, y los demás que le sean conexos.
3. conclusiones
• la importancia de la conexidad en derecho procesal penal es que nos permite llevar los hechos del nexo causal de una manera mas organizada y determinable
• la conexidad fue aplicable en un inicio en los procesos contenciosos pero hoy se aplica también a los particulares, es muy importante para el proceso penal por que evita el anacronismo que se daba al no relacionar las cadenas finalisticas.
• Existen dos tipos de conexidad, la conexidad sustancial que se refiere a conductas de autores y elementos de las mismas y la conexidad procesal que halla una relación cronológica y ordenada por medios probatorios explicados.
• Su relación con la economía procesal radica en que con la conexidad ya no se resuelve cada conducta con un proceso, ahora la conexidad permite relacionar varias conductas por medio de cadenas finalisticas que conducen a un mismo punto o intencionalidad del sujeto agente, estas conductas se resuelven en un solo proceso.
Bibliografía
• Segmentos encontrados del libro Código Unico Disciplinario- Concordado
• C-015/2001 por SILVANO GOMEZ STRAUSS
• http://www.dafp.gov.co/leyes/2109.HTM
TRABAJO SOBRE LA CONEXIDAD PROCESAL
Edgar Hernando Romero Caicedo
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
PROGRAMA DE DERECHO
V SEMESTRE
ÁREA DERECHO PROCESAL PENAL
23 DE ABRIL DE 2007
TRABAJO SOBRE LA CONEXIDAD PROCESAL
Dr. Fernando Rincón Cortés
UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIA
PROGRAMA DE DERECHO
V SEMESTRE
ÁREA DERECHO PROCESAL PENAL
23 DE ABRIL DE 2007
Introducción
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